El Alcotest: un negocio rentable, una medida ineficiente

 

Los organismos encargados de la seguridad en el tránsito, en nuestro país, han desarrollado, desde hace algunos años, una campaña destinada a bajar los niveles de inquietud ciudadana ante el peligro que representan los conductores de vehículos en estado de ebriedad.-

 

Movidos por el reclamo ciudadano y sin ideas claras, ni criterios adecuados, pero por sobre todo, sin respetar las normas Constitucionales y legales vigentes, se instalaron en calles, avenidas y rutas, formando Barreras o Retenes, para someter a todos, de forma absolutamente indiscriminada, a controles de alcotest.-

 

Para el efecto, contaron con la presencia y colaboración de Agentes del Ministerio Público, y de modo coactivo, mediante la amenaza de procesarlos por “resistencia”, vencían la resistencia inicial de sus víctimas de turno, a quienes previamente le hacían firmar un formulario mediante el cual documentaban la conformidad y voluntad del “controlado” con dicho procedimiento.-

 

Hasta el día de hoy, los días lunes, los informes de la Policía Nacional y la Caminera forman parte de las noticias publicadas por los distintos medios de prensa, y aunque en ellas no se incluyen los resultados de igual tarea desarrollada por los Municipios, las cifras de los “controles” resultan considerables.-

 

Desde el inicio mismo de estas actividades policiales, manifesté mi desaprobación y disconformidad, denunciando – inclusive – las normas jurídicas violentadas. Estas críticas fueron recogidas en algunas oportunidades por la prensa, hasta que un programa televisivo se encargó del tema y le dedicó varios capítulos, generando un gran debate en la sociedad, pero un profundo silencio en los cuerpos policiales y el Ministerio Público. La Administración de Justicia se lavó las manos, y sencillamente le dio las espaldas a mis reclamos.-

 

Sin embargo, los criterios, principios y propósitos que me animaran, lejos de quebrantarse se vieron robustecidos cuando comenzaron a lloverme las denuncias de ciudadanos que habían sido víctimas de este tipo de procedimientos.-

 

Muchos de ellos, sortearon el problema – según me confesaron – siguiendo camino al mando de sus vehículos mediante el pago de una suma de dinero, en concepto de soborno. Otros, con menos “suerte”, mediante el pago de multas y “donaciones” para beneficio del Ministerio Público, o para que este disponga de ellas y distribuya según su criterio, bajo la figura procesal de la suspensión condicional del procedimiento.-

 

La enorme cantidad de datos recibidos, hasta desde el interior de los cuerpos policiales, señalan inclusive la existencia de esquemas y cuotas que deben cubrir los Agentes encargados, para tributar, posteriormente a sus superiores.-

 

Alarmado ante estas informaciones, a principios de año, recabé datos oficiales a la Corte Suprema de Justicia, a la Fiscalía General del Estado, a la Policía Nacional y a la entonces Policía Caminera, hoy Patrulla Caminera, con el propósito de conocer la cantidad de procedimientos realizados, los resultados obtenidos, los procesos penales tramitados y las condenas obtenidas. Mis solicitudes recibieron un absoluto y estruendoso silencio.-

 

La Corte Suprema de Justicia, en febrero del año en curso, me ordenó a la Sección Estadísticas la provisión de datos, pero hasta la fecha esa fue toda la respuesta que recibí. La Policía Nacional, mediante nota oficial, me respondió, confesándome no disponer los datos solicitados, lo cual – desde luego – es nada más que una excusa para mantener la información solicitada dentro del más absoluto hermetismo.-

 

La Fiscalía General del Estado y la Caminera, ni siquiera se dignaron contestarme, por lo que me vi en la necesidad de promover acciones judiciales, que me permitieron acceder a apenas una parte de los datos requeridos.-

 

A pesar de que el Estado Paraguayo me negó todo tipo de información, por otros medios he obtenido algunos datos que sirven para desnudar que la persecución de conductores alcoholizados es nada más que una excusa que esconde un formidable negocio económico, que mueve un importante volumen de dinero, tanto en el circuito legal, como el ilícito.-

 

Según los datos del Departamento de Planificación del Ministerio Público, entre los años 2010 y 2012, ingresaron un total de 47.390 causas penales por el hecho punible de exposición al peligro del tránsito terrestre.-

 

Según la Patrulla Caminera, en el año 2013, se registraron 148.616 procedimientos de alcoholemia, con resultado positivo de 7.221 conductores ebrios, algo así como el 5% del total.-

 

Si bien es cierto, los datos son incompletos e insuficientes, pues a la cantidad de causas penales iniciadas en el periodo 2010/2012, solo podemos sumar los números publicitados por la Caminera, no así por la Policía Nacional o las Municipales, tenemos (aun así) que el total de conductores ebrios sorprendidos al volante que debieron enfrentar procedimientos penales en ese lapso de tiempo, de cuatro años, alcanza la suma de 54.611 personas.-

 

Frente a esta importante cifra, sin embargo, tenemos que en el Poder Judicial no se registra NI UNA SOLA CONDENA, lo que nos lleva a concluir, que en todos los casos, los declarados oficialmente ebrios, eludieron su responsabilidad criminal, mediante salidas alternativas al proceso penal, previo pago de las multas y la entrega de donaciones, sea en efectivo o en bienes.-

 

Solo basado en la observación, la experiencia y la información recabada, ya que no existen datos oficiales, se puede establecer el monto de las donaciones en un promedio aproximado de Gs, 2.000.000, por cada uno, lo cual arroja como resultado la suma de Gs. 109.222.000.000, a razón de Gs. 27.305.500.000, o US$ 6.350.116,28 de promedio por año, solo en este concepto.-

 

El cálculo del importe total de lo percibido por la Caminera y las Municipalidades, resulta imposible determinar, por la falta de datos públicos oficiales, por lo que nos limitaremos a tomar como referencia los valores de las multas previstas en la anterior legislación en materia de tránsito caminero, cuyo promedio (entre faltas leves, graves y gravísimas, según el nivel de intoxicación alcohólica detectada) era de aproximadamente Gs. 900.000, lo cual aplicado al total de casos registrados, arroja un resultado total de Gs. 49.149.900.000, es decir, un promedio de Gs. 12.287.475.000, o US$ 2.857.552,33, de promedio por año en este concepto.-

 

Resulta imposible conocer – también – que porcentaje de casos positivos se ha registrado y resuelto por las vías ilegales, pero, si fuéramos generosos en la estimación, teniendo en consideración el elevado y extendido nivel de corrupción que afecta a nuestros organismos de seguridad vial, y le atribuyéramos nada más que el 10%, nos podríamos imaginar el volumen total de dinero legal y sucio que mueve el “negocio del alcotest”.-

 

Esta es la razón que mueve a las autoridades encargadas a mantener y potenciar el método extorsivo e ilegal de las Barreras, porque, visto está que no ha servido para disminuir los accidentes de tránsito, las lesiones, las mutilaciones y la muerte.-

 

Las informaciones publicadas por la prensa, dan cuenta de que los accidentes de tránsito es la tercera causa de muerte en el Paraguay, y que según la policía el alcohol está presente en el 80% de ellos.-

 

Luce claro e incontrovertible, que los procedimientos policiales de las Barreras, constituye una medida ineficiente para proporcionar seguridad en el tránsito terrestre, y con los escasos datos disponibles, es evidente – también – que los grandes volúmenes de dinero que moviliza impide buscar métodos más efectivos.-

 

Es un negocio, un gran negocio, proporciona grandes sumas de dinero al Estado, le permite también realizar “obras de caridad” (para sí y para Instituciones de Beneficencia) con el producto de las donaciones. Y si esto fuera poco – de paso – enriquece a algunos funcionarios.-

 

Las pruebas de Alcoholemia practicadas en Barreras de control, se limitan a “pescar” a algún ebrio desprevenido al volante, dejando libres a cientos de conductores en la misma condición, que circulan sin molestia alguna poniendo en peligro la vida propia y la de terceros.-

 

Los órganos policiales violan las garantías de libertad en el tránsito, que consagra el Art. 19 de la Ley Nº 5016 “Nacional de Tránsito y Seguridad Vial”, que dice:

 

Artículo 19.- Garantías de libertad de tránsito. Queda prohibida la retención o demora del conductor y su vehículo, de la documentación de ambos y/o de las licencias que los habiliten por cualquier motivo, salvo los casos expresamente contemplados en esta Ley o en las Leyes penales relacionadas con la materia.”

 

Los Arts. 9, 12, 17 y 41 de la Constitución Nacional, ni el mencionado Art. 19 de la Ley Nº 5016, no impiden a los cuerpos policiales seguir con la práctica viciosa y abusiva. Ellos no saldrán a patrullar ciudades y rutas, a ejercer el rol policial de control vehicular y de esa manera “encontrar” infractores, alcoholizados o drogados, seguirán al costado de calles y caminos esperando que el azar les ponga delante de sus narices a alguno de ellos y allí procederán a “pescarlos”.-

 

Hasta tanto alguna autoridad del Estado ponga fin a este negocio, económicamente rentable, pero absolutamente ineficiente, seguiremos viviendo bajo un Estado de Sitio no declarado.-

 

La sociedad necesita que alguna autoridad asuma con responsabilidad sus funciones. Alguna autoridad que se preocupe realmente de la seguridad en el tránsito y desmonte definitivamente el esquema corrupto e ilegal de las Barreras de control, convencido de una realidad que demuestra que el Alcotest es un negocio rentable, pero una medida ineficiente.-

 

Jorge Rubén Vasconsellos